Comentarios de lectores/as

Título del Trabajo: Despenalización de la eutanasia como garantía de dignidad humana y autonomía individual

Comentario: Comentario desde los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología: eutanasia, autonomía y dignidad

El trabajo sobre despenalización de la eutanasia me parece un ejemplo clarísimo de por qué los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología (ESCT) son necesarios en la formación médica. Porque aquí no se discute solo un avance técnico, sino un conflicto de valores, de poder y de autonomía. En los textos que revisamos en clase, especialmente el de Ruiz Reyes sobre biopoder y el nuevo paradigma de los cuidados, se plantea que el viejo modelo paternalista de la medicina –donde el médico decide y el paciente obedece– está siendo reemplazado por un modelo que reconoce al paciente como un ser único con derechos y autonomía (Ruiz Reyes et al., 2024, p. 3). Ese cambio de paradigma es justo el que está detrás del debate sobre la eutanasia: ¿quién tiene la autoridad para decidir sobre el final de una vida cuando el sufrimiento es irreversible? ¿El médico, la ciencia, la ley, o la propia persona que padece?Si entendemos la autonomía como un valor central, entonces una persona con una enfermedad incurable y dolor insoportable debería poder decidir si quiere seguir viviendo en esas condiciones. Lo contrario sería ejercer un biopoder sobre su cuerpo en contra de su voluntad (Ruiz Reyes et al., 2024, p. 8). Esto no significa abandonar al paciente, sino todo lo contrario: significa acompañarlo hasta el final, respetando su libertad. Además, los códigos internacionales de ética ya reconocen este derecho. La Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial establece explícitamente que “el paciente tiene derecho a morir con dignidad” (Declaración de Lisboa, 1981). Así que la despenalización de la eutanasia, lejos de atentar contra la ética médica, es una forma de hacerla cumplir: garantiza que la dignidad y la voluntad del paciente estén por encima de cualquier otra consideración. En ese sentido, el trabajo de mis compañeros me parece muy valioso porque no solo revisa leyes, sino que pone el foco donde debe estar: en la persona que sufre y en su derecho a decidir.Referencias bibliográficas: 1. Ruiz Reyes D, Navarro Bustamante K, Sarmiento Rivero HK. Biopoder, biopolítica y el nuevo paradigma de los cuidados en salud. [documento de clase]; 2024. 2. Asociación Médica Mundial. Declaración de Lisboa sobre los derechos del paciente. 1981

adyta19 Calixto García (2026-04-28)


Comentario: Comentario desde los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología: eutanasia, autonomía y dignidad

El trabajo sobre despenalización de la eutanasia me parece un ejemplo clarísimo de por qué los Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología (ESCT) son necesarios en la formación médica. Porque aquí no se discute solo un avance técnico, sino un conflicto de valores, de poder y de autonomía. En los textos que revisamos en clase, especialmente el de Ruiz Reyes sobre biopoder y el nuevo paradigma de los cuidados, se plantea que el viejo modelo paternalista de la medicina –donde el médico decide y el paciente obedece– está siendo reemplazado por un modelo que reconoce al paciente como un ser único con derechos y autonomía (Ruiz Reyes 2024). Ese cambio de paradigma es justo el que está detrás del debate sobre la eutanasia: ¿quién tiene la autoridad para decidir sobre el final de una vida cuando el sufrimiento es irreversible? ¿El médico, la ciencia, la ley, o la propia persona que padece?Si entendemos la autonomía como un valor central, entonces una persona con una enfermedad incurable y dolor insoportable debería poder decidir si quiere seguir viviendo en esas condiciones. Lo contrario sería ejercer un biopoder sobre su cuerpo en contra de su voluntad (Ruiz Reyes, 2024). Esto no significa abandonar al paciente, sino todo lo contrario: significa acompañarlo hasta el final, respetando su libertad. Además, los códigos internacionales de ética ya reconocen este derecho. La Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial establece explícitamente que “el paciente tiene derecho a morir con dignidad” (Declaración de Lisboa, 1981). Así que la despenalización de la eutanasia, lejos de atentar contra la ética médica, es una forma de hacerla cumplir: garantiza que la dignidad y la voluntad del paciente estén por encima de cualquier otra consideración. En ese sentido, el trabajo de mis compañeros me parece muy valioso porque no solo revisa leyes, sino que pone el foco donde debe estar: en la persona que sufre y en su derecho a decidir.Referencias bibliográficas: 1. Ruiz Reyes D, Navarro Bustamante K, Sarmiento Rivero HK. Biopoder, biopolítica y el nuevo paradigma de los cuidados en salud. [documento de clase]; 2024. 2. Asociación Médica Mundial. Declaración de Lisboa sobre los derechos del paciente. 1981

adyta19 Calixto García (2026-04-28)


Comentario: La responsabilidad ética ante la ciencia médica: el consentimiento informado como garantía de dignidad.

Este trabajo presenta un análisis riguroso y necesario sobre cómo la modernización normativa en Cuba, a través del Anteproyecto de Ley de Salud Pública, busca superar un modelo sanitario paternalista que históricamente ha limitado la autonomía del paciente mayor. Al examinar esta problemática, es inevitable establecer una conexión con los debates sobre la responsabilidad social de la ciencia y la tecnología, particularmente en lo que respecta a la relación entre el poder del conocimiento técnico y los valores éticos que deben guiar su aplicación.Constituye una pieza clave para entender cómo la legislación debe evolucionar para proteger la dignidad humana en una sociedad que envejece, evitando que la tecnología y la práctica médica se conviertan en instrumentos impersonales, devolviéndole su lugar central a la autonomía del paciente como sujeto de derechos.

naomi_d-b5 Calixto García (2026-04-29)


Comentario: Interesante investigación

Excelente investigación realizada sobre un tema de gran importancia y actualidad. Muchas felicidades para los autores 

puerto-77 Hospital provincial Dr. Gustavo Alderguia Lima (2026-05-02)


Comentario: Despenalización de la eutanasia como garantía de dignidad humana y autonomía individual >

 I)nteresante tema que ha sido de interés tratado através de la Historia. Según se menciona en la bibliografía especializada, la Eutanasia es un término propuesto por primera vez por el filósofo Francis Bacon, quien en uno de sus ensayos sobre filosofía moral y política expresó que la función del médico es devolver salud, aliviar las penas y los dolores, no solamente cuando este alivio puede conducir a la curación, sino también cuando puede servir para procurar una muerte tranquila y fácil. Platón en el Libro IV de su magna obra La República sugería que los médicos no debían prescribir cuidados a personas que eran incapaces de vivir con su acostumbrado ritmo vital y que, por consiguiente, no resulten útil ni para sí ni para nadie. En esta misma tónica se pronunció Tomás Moro en su libro Utopía. Los citados autores sitúan como móvil que justificaría la racionalidad de la eutanasia el afán de quitar la vida en favor, bien y beneficio del que va a morir. Platón y Moro insinúan que la eutanasia resultaría un bien también para la sociedad.

marlenportuondo FCMCalixto García (2026-05-03)


Comentario: Despenalización de la eutanasia. Un paso necesario, del delito al derecho

El artículo aborda con claridad y rigor uno de los dilemas bioéticos más profundos de nuestro tiempo: la eutanasia, desde una perspectiva jurídica fundamentada. Se estructura la defensa de la despenalización sobre los pilares de la dignidad humana más allá de la mera vida biológica, la autonomía de la voluntad como expresión del respeto al paciente, y la compasión ante el sufrimiento refractario que ni los mejores cuidados paliativos logran aliviar. Estos argumentos resuenan directamente con los materiales revisados en nuestro curso Estudios Sociales de la Ciencia y la Tecnología. Además, el análisis de derecho comparado (Países Bajos, Bélgica, España y Colombia) demuestra que una regulación cuidadosa, lejos de la temida "pendiente resbaladiza", ha funcionado dentro de límites estrictos y con salvaguardas eficaces.

En el contexto cubano, este artículo cobra una relevancia especial tras la aprobación de la nueva Ley de Salud Pública (2023), que ha abierto el camino legal hacia la muerte digna. La contribución principal del artículo es mostrar que la despenalización, lejos de constituir una amenaza, se perfila como un instrumento jurídico necesario para garantizar una muerte digna, exigiendo marcos regulatorios robustos que equilibren derechos individuales con deberes de protección estatal. Se trata, en definitiva, de una contribución valiosa, rigurosa y oportuna para el debate ético y legal en Cuba.

gabylagecastro_02 Facultad Calixto García (2026-05-04)